¿Por qué es importante proteger los datos personales?
Docente de la Facultad de Derecho USAT
Especialista en Derecho de la Competencia, Propiedad Intelectual y Derecho Administrativo
Hace algunos años, por una condición médica, me prescribieron una serie de análisis. Como muchas de las personas, decidí pagar con mi tarjeta de crédito. A los pocos días, empecé a recibir llamadas de una compañía que me ofrecía seguros de salud con condiciones muy atractivas y acorde a mis dolencias. ¡Vaya coincidencia! Justo lo que andaba pensando, me dije. Sin embargo, esta situación no es casualidad.
En efecto, lo que había sucedido es que, al momento de suscribir mi contrato con el banco, autoricé que este maneje y transfiera mis datos personales, por ejemplo, a la compañía de seguros de su grupo empresarial. ¿Cómo perfiló la información? Simple, es probable que en mis estados de cuenta apareciera detalles importantes como la clínica, las compras en farmacia y hasta los de los laboratorios. Lo descrito pareciera ser anecdótico, inofensivo y hasta considerarlo como una bondad del mercado.Sin embargo no es así.
Los datos personales comprenden toda información sobre una persona que la identifica o la hace identificable a través de medios que pueden ser razonablemente utilizados. ¿Qué nos identifica?Obviamente nuestros nombres y apellidos, el número de DNI, por señalar los elementales. Sin embargo, también lo son nuestras fotografías, el número de teléfono, la dirección…hasta nuestra huella digital que hemos permitido captar en alguna ocasión ante una entidad del estado o una empresa.
Cada vez que interactuamos con personas o instituciones privadas o públicas, es posible que estemos trasladando nuestros datos personales. En este contexto de cuarentena, por ejemplo, se hace uso del delivery para lo cual se contacta con un establecimiento comercial para solicitar un servicio.Los datos necesarios para realizar la transacción son nombre del cliente, el número de teléfono y dirección.
Sin embargo, si esos datos, esa información, es utilizada para un fin completamente distinto, por ejemplo, realizar llamadas, enviar correos electrónicos ofreciendo productos o servicios, la empresa estaría cometiendo una infracción.Quizás hasta ahora sigamos preguntándonos si acaso estas prácticas realmente son nocivas, y en todo caso,si realmente es importante la protección de nuestra información personal.
Pues bien, recordemos que el derecho a la protección de nuestros datos personales tiene asidero constitucional, pues el artículo 2 numeral 5 reconoce que, es derecho fundamental a que los servicios informáticos, computarizados o no, públicos o privados, no suministren informaciones que afecten la intimidad personal y familiar.
Sirve mucho para destacar la importancia que enlacemos nuestros datos personales con el derecho que tenemos a proteger nuestra intimidad personal y familiar. Creo que estamos de acuerdo que no podemos permitir que se divulgue, por ejemplo, nuestra dirección, fotos de nuestros hijos, familiares.
Por ello, la Ley de protección de datos personales, Ley 29733, establece obligaciones que deben observar quienes recopilan información y datos de los ciudadanos. Destacan el derecho que tiene el ciudadano a ser informado de cuándo y por qué se tratan sus datos personales, el derecho a acceder a los datos y, en caso necesario, el derecho a la rectificación o cancelación de los datos o el derecho a la oposición al tratamiento de los mismos. La finalidad para la cual se almacenan y administran datos así como la proporcionalidad ( los datos únicamente necesarios) son reconocidos como principios que deben regir el tratamiento de datos personales.
En el mismo caso que hemos graficado de la solicitud de delivery, por ejemplo, una vez brindado el servicio nuestros datos deberían ser almacenados únicamente como se acopian regularmente los de cualquier cliente, en la boleta de venta u otro de corte contable o tributario.
Como lo dijimos, si la empresa quiere tomar los datos para otro fin, remitirle información, publicidad, por ejemplo, debe en primer lugar, informarle al ciudadano que sus datos serán almacenados y administrados, debiendo el ciudadano manifestar su expresa aceptación.
Lo mismo ocurre con las redes sociales, a quienes, al crear una cuenta; estamos trasladando toda nuestra información (incluidas fotografías, datos sobre nuestros gustos o pasatiempos) y estamos autorizando a utilizarla para realizar perfiles certeros de clientes potenciales, lo cual resulta una información valiosísima para las empresas.
Cada vez que le damos like a la página de una empresa, inmediatamente la red social te sugiere otras del mismo rubro. Nos preguntamos, ¿autoricé a la red social a proceder de esa forma con mis datos?. Antes de respondernos, quizás sea bueno recordar si leímos las condiciones, que la red social nos pidió marcar, el famoso “He leído y acepto”, al momento de crear una cuenta.
En el contexto del COVID-19, la responsabilidad del manejo de información exige mayor rigurosidad. Por ejemplo, las condiciones de salud de las personas. Estos son considerados como “datos sensibles” para la Ley de protección de datos personales, por lo que su manejo inadecuado, genera sanciones severas. El almacenamiento de información sobre los pacientes debe ser realizado con las medidas de seguridad que eviten el acceso a terceros o la filtración. Así lo establece el principio de seguridad, que la norma obliga a observar.
A estas alturas, quizás ya va quedando claro lo importante que es preservar nuestra información, nuestros datos; los cuales deberán ser tratados y manejados en la forma y modo que nosotros mismos autoricemos.