Responsabilidad Social: Fundamento de la Vida Universitaria
Por: Bertha Celis Suárez
Hace seis años asumí la Dirección de Proyección Social y Extensión Universitaria, en aquel entonces, hoy llamado Responsabilidad Social Universitaria. En esta área realizábamos una diversidad de actividades, en su mayoría, de carácter asistencialista; al finalizar una actividad nos quedábamos con la sensación de que los problemas continuaban y no habíamos hecho casi nada. En ese momento, nos planteábamos algunas preguntas ¿Este es camino correcto? ¿Esta es la misión de la Universidad con las poblaciones vulnerables?
Al revisar el marco teórico y lo que venían haciendo otras universidades latinoamericanas, nos damos cuenta que el marco de actuación de la proyección social no permite, a las universidades, involucrarnos con las comunidades desde la raíz de los problemas y mucho menos en la búsqueda de soluciones con responsabilidad compartida pues, al igual que otras organizaciones, estábamos cayendo en el asistencialismo. Este, a la larga, genera indigencia porque desconoce el verdadero potencial “del otro” y lo minimiza a ser un receptor invisible. Ante ello, nos planteamos el reto de emprender el enfoque de Responsabilidad Social y, en el 2012, cambia el nombre de esta Dirección.
En este proceso nos encontramos con muchas dificultades, la más importante fue la normativa universitaria diseñada como Proyección Social, definida ésta como “Prestación y promoción de servicios profesionales de asistencia social directa a favor de la mejora de calidad de vida de la comunidad y su cultura. [1] En otras palabras brindar asistencia social directa, esto implicaba emprender proyectos que luego deben ser adaptados a los indicadores de proyección social. Por otro lado, al interior de la universidad al no ser un trabajo obligatorio, más comprometido es muy complicado emprender una reforma que nos compromete a todos, que interpela nuestra actual forma de hacer las cosas y nos coloca en un nuevo reto: generar interacciones sociales diferentes.
En el 2014, la nueva Ley Universitaria fue aprobada y en su Artículo N° 124 define la Responsabilidad Social Universitaria como la “Gestión ética y eficaz del impacto generado por la universidad en la sociedad debido al ejercicio de sus funciones: académica, de investigación y de servicios de extensión y participación en el desarrollo nacional en sus diferentes niveles y dimensiones; incluye la gestión del impacto producido por las relaciones entre los miembros de la comunidad universitaria, sobre el ambiente, y sobre otras organizaciones públicas y privadas que se constituyen en partes interesadas. Es así, como se considera como el fundamento de la vida universitaria.
La ley contempla que cada universidad promueva la implementación de la responsabilidad social y, reconoce los esfuerzos de las instancias y los miembros de la comunidad universitaria para este propósito; teniendo un mínimo de inversión del dos por ciento de su presupuesto en esta materia. Además, establecen los mecanismos que incentiven su desarrollo mediante proyectos de responsabilidad social y, la creación de fondos concursables para estos efectos.
Por otra parte, el proceso de Acreditación Universitaria hace suyo el enfoque de responsabilidad social y lo concretiza en los estándares de acreditación, en las dimensiones académicas, de investigación, de participación en el desarrollo social y servicios de extensión, ambiental e institucional, respectivamente.[2]
Con este nuevo reto y planteamiento elaboramos el Programa de Responsabilidad Social USAT, como un eje estratégico que busca integrar y orientar con visión holística las cuatro dimensiones universitarias: organizacional (promover un comportamiento organizacional responsable de todos los integrantes de la comunidad universitaria, basado en prácticas éticas y ambientalmente sostenibles), educativo (formación profesional que promueve la prosocialidad definida esta como el “sistema de pensamiento orientado a promover actitudes y conductas que benefician a otras personas, grupos o metas sociales objetivamente positivas”[3], tomando en cuenta las dimensiones como persona, profesional, y ciudadano). También tenemos la gestión social del conocimiento (la promoción de la investigación para el desarrollo, bajo todas las formas posibles) y, finalmente el desarrollo social y comunitario (participación en el progreso social, más humano y sostenible).
Se tiene una concepción centrada en la persona, busca promover su desarrollo integral y tiene un enfoque territorial, entendido como el espacio constitutivo, que abarca la dimensión en relación al cuerpo, al hogar, al barrio, a la ciudad, al país, a la región y al mundo.
Otra característica de nuestro enfoque es que está basado en la teoría de proyectos, entendidos como un esfuerzo temporal que se lleva a cabo para crear un producto, servicio o resultado único; en nuestro caso sería la nueva forma de cumplir nuestras funciones universitarias con innovación. Los proyectos estarán integrados a programas, que se definen como un grupo de proyectos relacionados, subprogramas y actividades de programas, cuya gestión se realiza de manera coordinada para obtener beneficios que no se obtendrían si se gestionaran de forma individual. [4]
A continuación presentamos un cuadro con la Estructura del Modelo de Responsabilidad Social USAT
[1] Cuadros B., Ureña P, Isla C, Castro U. (2009) .Asamblea Nacional de Rectores .Resolución N° 1063-2007-ANR. “Definición y alcances de la Extensión Universitaria y Proyección Social en las Universidades del país”. Lima.
[2] Diario Oficial el peruano. Normas legales. Año XXXI – N°12914. Ley Universitaria 30220. Julio 2014.
[3] Escotorin, P.; Arana,I. y Brundelius,M.(2014).El Proyecto SPRING: Innovación social y su aporte a la problemática de la equidad en Latinoamérica. Valparaíso: Proyecto Europeo Alfa III SPRING.
[4] Project Managment Institute (2013). Fundamentos para la Dirección de proyectos (Guía PMBOOK) . Quinta edición.